Autoridades de la FCE

Decano:
CPN Pablo Bartolomé Oggero

Secretaria Académica:
CPN Claudia Patricia GAUNA

Secretaria de Gestión:
CPN Elena María Laura SEGARRA


Comunicate (0342 - 4603030)
Secretaría Administrativa: int. 132
Bedelía: int. 123

ANEXO I a la Res. Nº 042/2005. REGLAMENTO DE PASANTIAS EDUCATIVAS (Si.Pa.E.) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA U.C.S.F.

Definición y Objetivo

Artículo 1º:

Se entiende por “Si.Pa.E.” – Sistema de Pasantía Educativa - aquella encuadrada dentro de lo dispuesto por la Ley 25.165 y los actos administrativos reglamentarios de la misma.
El “Si.Pa.E.” tiene por objetivo el brindar a los alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Católica de Santa Fe una complementación de su capacitación teórica con la práctica en empresas o instituciones públicas o privadas y facilitar su inserción laboral, la cual debe ser llevada a cabo bajo la supervisión de la unidad académica.

Partes activas

Artículo 2º:

Son partes activas en el sistema: la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Católica de Santa Fe, sus alumnos regulares de todas las carreras que se imparten en la misma y las empresas e instituciones públicas y privadas que solicitan pasantes y cuentan con convenios de pasantía con la Universidad Católica de Santa Fe.
La Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Económicas será el estamento encargado de la administración y supervisión del “Si.Pa.E.”

Convenio

Artículo 3º:

Para que pueda operar el “Si.Pa.E.” deberá suscribirse previo a toda actividad, un convenio marco entre la Universidad Católica de Santa Fe y cada empresa e institución pública o privada.
Duración y asignación horaria
Artículo 4º:
Las pasantías se extenderán durante un mínimo de dos (2) meses y un máximo de cuatro (4) años, con una actividad semanal no mayor de cinco (5) días hábiles y una jornada horaria de hasta seis (6) horas.
El plazo máximo de duración puede ser reducido, cuando a juicio de la Facultad de Ciencias Económicas, tal reducción contribuya a los objetivos del “Si.Pa.E.” y permita el acceso de nuevos alumnos a la experiencia laboral.

Retribución estímulo

Artículo 5º:

Los alumnos pasantes deberán recibir durante el plazo de duración de la pasantía una retribución mensual en calidad de estímulo para viajes, gastos escolares y erogaciones derivadas del ejercicio de la misma. En un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley 25.165, esta situación no generará ningún tipo de relación jurídico laboral o dependencia entre el pasante y la empresa o institución en la cual presta servicios.

Condiciones para Acceder y Mantener una Pasantía

Artículo 6º:

Para poder acceder al “Si.Pa.E.” los alumnos deberán contar con su matriculación anual y no haber solicitado la cancelación de su matricula o revestir la condición de Egresado.
Todo egresado que adquiere tal carácter encontrándose desarrollando una pasantía, contará con un plazo de seis (6) meses para su finalización, durante el cual no podrán renovar ni acceder a una nueva.

Artículo 7º:

Para acceder y/o mantener una pasantía vigente los alumnos, además de los requisitos mencionados en artículo 6º, deberán cursar al menos tres materias alcanzando la condición de regularidad prevista en el Reglamento Interno de Estudios (R.I.E.) y aprobar como mínimo tres materias en cada año académico de vigencia de la pasantía. Estos requisitos no serán aplicables cuando el alumno pasante haya completado el cursado de las asignaturas o le resten menos de tres materias para completar el cursado u obtener su graduación.

Evaluación de la experiencia. Tutores.

Artículo 8º:

Cada pasante contará con dos tutores. Uno designado por la empresa o institución pública o privada que tendrá a su cargo la inserción laboral del pasante, su evaluación y la supervisión de las tareas que desempeñe. El otro tutor será designado por el Decano de la Facultad a propuesta de la Secretaría Académica, y seleccionado entre el plantel docente de sus carreras de grado, quien tendrá a su cargo la supervisión del proceso de enseñanza-aprendizaje y el control del cumplimiento del plan de pasantía.

Artículo 9º:

El tutor docente, con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos del “Si.Pa.E.”, deberá presentar un informe individual de carácter cuatrimestral a los 30 de abril, 30 de agosto y 30 de diciembre de cada año, respecto a las pasantías desarrolladas en el primer, segundo y tercer cuatrimestre del año respectivamente. En dicho informe deberá constar como mínimo el grado de adecuación de la tarea desarrollada a los objetivos prefijados, la experiencia obtenida y el cumplimiento de los términos acordados en cuanto a horarios, retribución estímulo, licencias, etc., consignando cualquier dificultad que se evidenciara.

Actividades a desarrollar en el marco del “Si.Pa.E.”


Artículo 10º:

En el marco del “Si.Pa.E” las actividades a desarrollar serán las siguientes:

A) La empresa o institución pública o privada que ya cuente con un convenio marco suscripto de acuerdo al artículo 3º, deberá dar inicio al proceso solicitando por nota (es válido el correo electrónico) la selección de pasantes, indicando cantidad de pasantes, lugar de trabajo, días y horario de labor, plazo de duración, retribución estímulo, actividad a desarrollar y perfil académico requerido.

B) La Secretaría Académica de la Facultad, una vez recibido el pedido, iniciará el proceso de selección de los alumnos que estando inscriptos en el registro de postulantes cumplan con el perfil solicitado. A los efectos se dará prioridad, al desempeño académico del alumno. Los alumnos seleccionados, en lo posible en un número no menor de cinco (5), podrán ser ordenados por el promedio simple obtenido en su carrera y deberán ser comunicados por nota (es válido el correo electrónico) a la entidad solicitante.

C) Esta procederá a la elección del o los pasantes en función a sus propios criterios de selección de personal, debiendo informar a su finalización los nombres de los alumnos pasantes a incorporar, los datos personales del tutor a designar y confirmar el resto de las condiciones en que se desarrollará la pasantía.

D) El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, el alumno pasante y el representante debidamente acreditado de la empresa o institución pública o privada, suscribirán el acuerdo individual de pasantías.

Seguimiento y evaluación del “Si.Pa.E.” a cargo de la Facultad

Artículo 11º:

La Secretaría Académica deberá asegurar el seguimiento y evaluación de todas las actividades administrativas, académicas y pedagógicas del “Si.Pa.E”, arbitrando para ello lo siguiente:

A) Mantener actualizado un registro por medios informáticos, de los alumnos postulados para la realización de pasantías, el cual deberá contener los datos personales de los mismos, información académica actualizada (carrera de grado, plan de estudios, materias aprobadas y promedio simple de notas obtenido, entre otros).

B) Llevar un registro por medios informáticos, de los alumnos que se encuentran llevando adelante pasantías, el cual será ordenado por empresa o institución pública o privada e integrado con los datos personales del alumno; condiciones pactadas en el acuerdo individual de pasantías (actividad desarrollada, plazo de duración, días y horario de trabajo, retribución mensual, tutores designados, etc.) y resumen breve del informe presentado por el tutor docente respectivo.

C) Conservar un archivo sistematizado de:
1) las notas recibidas de las empresas o entidades públicas o privadas solicitando alumnos pasantes y comunicando su elección;
2) Las notas presentadas por los alumnos solicitando su inclusión en el registro de postulantes acompañado de su Currículum Vitae;
3) Informes individuales de los tutores docentes confeccionados de acuerdo a lo previsto en el artículo 9º;
4) Las notas recibidas de los alumnos comunicando renuncia a la pasantía u otra similar y;
5) Copia de los Convenios Marco y de los Acuerdos Individuales de Pasantía que sean celebrados.

D) Convocar periódicamente a los Tutores a fin de evaluar el desempeño de las pasantías.

Derechos y obligaciones de los alumnos

Artículo 12º:

Los alumnos para incorporarse y conservar su condición en el “Si.Pa.E.” tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

1) Conocer el reglamento y las normas legales aplicables a pasantías.
2) Solicitar por nota su inclusión en el registro de postulantes, acompañando al efecto un Currículum Vitae.
3) Una vez seleccionado cumplir con los requisitos académicos establecidos en el art. 7º.
4) Cumplir con las directivas que se impartan para el desempeño de sus actividades y con las normas internas de las empresas o instituciones públicas o privadas donde se desarrolla la pasantía.
5) Guardar la reserva debida sobre las tareas e información objeto de la pasantía.
6) Solicitar a la finalización de la pasantía un certificado que acredite su realización.

Derechos y obligaciones de las empresas e instituciones públicas y privadas

Artículo 13º:

1) Prestar colaboración y asesoramiento con la Facultad para la consecución de los objetivos de pasantía propuestos y facilitar la labor de los tutores docentes.
2) Celebrar un acuerdo marco con la Universidad; solicitar fehacientemente la selección de pasantes indicando el perfil requerido, actividad a desarrollar y demás datos específicos y; celebrar un acuerdo individual de pasantía con la Facultad en el que se especifiquen las condiciones particulares de la pasantía.
3) Abonar a los alumnos la retribución mensual en calidad de estímulo para viajes, gastos escolares y erogaciones acordada y a la Universidad Católica la contribución que se estipule para solventar los gastos de administración, tutoría y generales del sistema.
4) Asegurar a los pasantes de los riesgos previstos en la Ley 24557 y Decreto 491/97.
5) Acordar a los alumnos similares beneficios regulares que los acordados a su personal, entre ellos y como mínimo, licencia por estudio y examen.
6) Brindar en sus instalaciones un espacio acorde a las tareas encomendadas, cumplimentando condiciones de higiene y seguridad.



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